Servicios
Apostilla de La Haya
¿Qué es y para qué sirve la Apostilla de La Haya?
Es un tipo de legalización simplificada de instrumentos que tiene la finalidad de verificar la autenticidad de los mismos y habilitar su uso en países extranjeros que conforman el Convenio de La Haya. Físicamente este certificado se adjunta al documento original para que posea validez en otros países.
Horarios de atención
- Mitre 384, Salta Capital
- Lunes a viernes de 8 a 13:30 y 14:30 a 18 hs.
Preguntas frecuentes
Consultas generales
INFORMACIÓN PARA EL USUARIO
- Trámite normal: 7 días hábiles
- Trámite urgente: 48 horas hábiles
$4500 (por cada Apostilla)
A pagar en una cuenta especial por medio de depósito bancario o transferencia.
(en caso de transferencia, deberá presentar el comprobante impreso)
Los datos de la cuenta se facilitarán una vez verificada la documentación.
(Sólo efectivo o tarjeta de débito bancarizada)
Trámite Normal $39.000 (por cada Apostilla)
Demora de 48 horas hábiles.
| * Paso 1: Abonar mediante una cuenta exclusiva, el arancel correspondiente a Cancillería por medio de transferencia o depósito bancario. Una vez realizado éste, se procederá al Paso 2. * Paso 2: Abonar el arancel en la caja del Colegio de Escribanos el cual NO se debe transferir. Éste se abonará en CAJA del Colegio de Escribanos. | |
– PASO 1 – CANCILLERÍA $4500 c/u | – PASO 2 – CAJA COLEGIO DE ESCRIBANOS |
– OPCIÓN 1 – TRANSFERENCIA ( Imprimir Comprobante ) – OPCIÓN 2 –DEPÓSITO BANCARIO BANCO MACRO: Cta. Especial en Pesos – N.º 4-127-09520613059 – OPCIÓN 3 –QR (Enviar Comprobante por Whatsapp )
| APOSTILLA JUDICIAL T. Simple: $39.000 c/u – 7 días hábiles – T. Urgente: $59.000 c/u – 48 hs. hábiles – APOSTILLA NOTARIAL T. Urgente: $59.000 c/u – 48 hs. hábiles – Atención: 08:00 a 13:30 hs. / 14:30 a 18:00 hs. |
Es un tipo de legalización simplificada de instrumentos que tiene la finalidad de verificar la autenticidad de los mismos y habilitar su uso en países extranjeros que conforman el Convenio de La Haya. Físicamente este certificado se adjunta al documento original para que posea validez en otros países.
La documentación que necesite dicho trámite deberá ser presentado de forma presencial ante el Colegio de Escribanos área de legalizaciones; únicamente documentos originales y no en copia. En el horario de 8 a 13:30 y 14.30hs a 18 h.
Los únicos documentos que pueden ser legalizados y apostillados directamente en copia, son aquellos que no tienen una firma certificante, por ejemplo: DNI, Pasaporte, entre otros.
Para legalizar y apostillar una copia de otro tipo de documento, por ejemplo, documentos de estudios o actuaciones notariales, debe estar previamente apostillado el documento original. Luego, se puede tramitar una copia fiel ante escribano público, legalizar la firma de ese escribano ante el Colegio de Escribanos y, posteriormente, gestionar el apostillado del documento en copia.
INFORMACIÓN PARA EL NOTARIO
- En el caso de tratarse de protocolizaciones de notas o cartas, colocar en el encabezado de la escritura la finalidad de las mismas.
- En el caso de tratarse de protocolizaciones de certificados, detallar en el encabezado de la escritura, su objeto, es decir motivo que genera el certificado.
- Fotocopias certificadas notarialmente de documentos que en sus originales se encuentran apostillados.
- Fotocopias certificadas notarialmente de documentos oficiales que no requieran legalizaciones, tales como pasaporte, documento de identidad.
- Fotocopias certificadas notarialmente de documentos que no requieran tener legalización alguna, como copias de legislación, actas de directorio o de asambleas de una sociedad, etc.
