Registro de Actos de Autoprotección

El Registro de Actos de Autoprotección, tiene como objeto la toma de razón de escrituras públicas, otorgadas dentro o fuera de la provincia, que contengan declaraciones, previsiones o directivas del otorgante, para que sean ejecutadas ante la eventual imposibilidad, transitoria o definitiva de tomarlas por si, cualquiera fuere la causa que la motivare. También sus modificatorias y revocatorias.
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