El Colegio de Escribanos de Salta fue representado en el Senado de la Nación por la escribana Rosana Tamer en la presentación de un proyecto de Ley de Autoprotección, por parte del senador de la provincia de La Rioja, Ricardo Antonio Guerra, contando asimismo con el apoyo de la senadora nacional por Salta, Nora Giménez.
Autoprotección de la salud refiere a las directivas o lineamientos que puede dar una persona para que, de llegar la instancia de perder la capacidad por una enfermedad o accidente, pudieran estos lineamientos o directivas aplicarse tanto a nivel patrimonial como a distintos aspectos de su vida civil y personal.
Si bien el actual Código Civil contempla esta figura, el contenido del acto de autoprotección es, en el nuevo proyecto, mucho más amplio y variado. Puede contener directivas anticipadas sobre materias autorreferentes como la salud del otorgante, su cuidado personal y las personas designadas al efecto; su lugar de residencia; su patrimonio; la designación del propio apoyo o curador y la de una o más personas para que lo representen y hagan cumplir la voluntad expresada. Este es uno de los grandes puntos de diferencia entre el proyecto de ley presentado en el Senado de la Nación, con el régimen del Código Civil actual.
Otra diferencia es que, mientras nuestro actual código requiere para el otorgamiento de este acto que se trate de una persona plenamente capaz, para el proyecto de ley solo basta con que la persona tenga discernimiento. Recordemos que mientras la capacidad es la aptitud del sujeto para ser titular de relaciones jurídicas o para ejercer por sí mismo los derechos propios de los cuales se es titular, el discernimiento, por su parte, es la cualidad o facultad del sujeto por la cual conoce y distingue lo bueno de lo malo, lo justo de lo injusto, lo conveniente de lo inconveniente. Por lo tanto, las personas menores de edad, siempre y cuando tengan discernimiento suficiente, aunque no alcancen el grado de capacidad, van a poder otorgar estás directivas anticipadas.
“El proyecto es muy amplio y bastante profundo y la diferencia que tiene con el régimen actual es que va a permitir que personas que tengan capacidad restringida o que tengan ciertas discapacidades puedan emitir sus directivas anticipadas en materia de salud, y en temas generales de autoprotección. En este caso, por ejemplo, se permite que los menores de edad, a partir de los 16 años lo hagan, incluso los menores a partir de 13 años, con asistencia de sus representantes legales”, señaló la escribana salteña Rosana Tamer, quien representó al Colegio de Escribanos de Salta en esta oportunidad.
Otro dato importante es que el proyecto se llama Directivas de Autoprotección y Poderes Preventivos. “Actualmente la figura de poder quiere decir que una persona autoriza a otra a realizar determinados actos, o trámites encomendados, pero con la particularidad de que, como todos los poderes, caducan cuando el poderdante entra en un estado de incapacidad. Con esta modalidad, se cambiaría el concepto ya que los poderes se otorgarán en pleno estado de capacidad tendrán eficacia cuando el poderdante pierda el autogobierno de su vida, salud y patrimonio”, explicó Tamer.
Un proyecto amplio
Este proyecto de ley amplía las materias que pueden contener estos actos y no las limita exclusivamente a determinados temas como lo hace el Código Civil y Comercial, de este modo el acto de autoprotección puede contener directivas anticipadas sobre materias autorreferentes en sentido amplio.
El actual documento, también, busca llegar a las personas en extrema situación de vulnerabilidad como los ancianos, personas de comunidades originarias, niños e incapaces.
En la actual figura, se efectúa la validez por escritura pública o ante juez competente y en presencia de testigos. Con el nuevo régimen propuesto, los testigos dejan de ser necesarios, salvo que el requirente, la autoridad judicial o el escribano autorizante lo soliciten.
Este es un proyecto que se viene trabajando desde hace tiempo, con un antecedente en 2020 cuando un proyecto de la senadora Norma Durango tuvo media sanción y luego perdió estado parlamentario. Lo retoma el senador Guerra junto a la colaboración de los miembros de la Comisión de Autoprotección del Consejo Federal del Notariado.
En la presentación del Proyecto de Ley estuvieron también las escribanas Alicia Rajmil, Patricia Lanzón, Teresa Gocebat (la asesora del senador Guerra), y el escribano Luis Liorent (autor de material bibliográfico sobre Autoprotección).
Además, estuvieron presentes representantes de los colegios de escribanos del país, referentes de distintos ámbitos sociales que dieron a conocer cómo repercutirán las modificaciones en sus respectivos ámbitos en caso del que el proyecto fuera aprobado.
Antecedentes en el Colegio de Escribanos de Salta respecto a Autoprotección
La escribana Rosana Tamer es parte de la Comisión Directiva del Colegio de Escribanos de Salta y miembro, desde el 2012, de la Comisión de Autoprotección del Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA).
Desde los inicios de su participación, el Colegio de Escribanos de Salta asumió el compromiso de divulgar y hacer docencia sobre el tema. Por ello, se dictaron cursos de capacitación a los colegas y se ofrecieron charlas en el Hospital del Milagro para asesorar a los médicos sobre las implicancias, alcances y responsabilidades a la hora de tener que atender a un paciente que haya otorgado una directiva anticipada en materia de salud.
El proyecto de ley aguarda el visto bueno de la comisión legislativa, para luego se trate en reunión de senadores y, por último, darle el tratamiento en el recinto.